Nos hacemos eco del comunicado realizado por Ecologistas en Acción en relación a la propuesta del nuevo PGOU de Galapagar:
26 de octubre de 2011
EL ESTUDIO DE INCIDENCIA AMBIENTAL DEL PLAN GENERAL DE GALAPAGAR DESPROTEGE AMPLIAS ZONAS DEL MUNICIPIO
Como ya alegó Ecologistas en Acción en su momento, el Avance del Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) de Galapagar presentado en octubre de 2009 carecía de Estudio de Incidencia Ambiental (EsInA)y este estudio es exigido por la normativa vigente en materia de evaluación ambiental. De lo anterior se desprende que la tramitación del PG de Galapagar se está llevando a cabo de forma improcedente. Lejos de integrar desde el principio el análisis ambiental con la redacción del planeamiento, influyendo y determinando a éste (como establece la legislación europea, estatal y autonómica), su función está siendo la de mera justificación a posteriori del modelo elegido previamente.
El documento que se ha sometido a información pública ahora, casi dos años más tarde, sin ir acompañado de un nuevo Avance que modifique la propuesta de acuerdo con sus conclusiones, incorpora información relevante sobre el medio natural del municipio que sin embargo no se utiliza para evaluar la incidencia ambiental de las alternativas propuestas ni efectúa un análisis riguroso en términos ambientales de la capacidad y vulnerabilidad del territorio a cambios de uso de acuerdo con un planteamiento de desarrollo sostenible. Por ello, puede afirmarse que el EInA es deficiente.
El caso de los suelos afectados por hábitats considerados prioritarios por la normativa comunitaria, es especialmente grave e ilustrativo de la desconexión entre la redacción de la propuesta urbanística y el análisis ambiental del territorio. Es inaceptable que aunque en el Avance se propone la urbanización de la mayor parte del hábitat prioritario 6220 del término municipal (Prado Merinero y Navazarza-Dehesa Nueva, El Barrizal, el Congosto ….) en el EInA, a la hora de valorar el impacto sobre hábitats protegidos, se concluya que éste es “moderado”.
La alternativa 1, elegida, considera una gran superficie de suelo de Reserva Municipal (clase no contemplada en el marco legislativo vigente en la Comunidad de Madrid) que no significa de reserva en términos ambientales, “… se condicionará el desarrollo del suelo de reserva o inadecuado al crecimiento en el caso de ser necesaria su clasificación como Urbanizable No Sectorizado, a la ejecución del 90% del Suelo Urbanizable Sectorizado …” Es decir, cuanto mayor sea la urbanización y más rápido se desarrolle, antes se convertirá esa superficie de suelo en Urbanizable.
Cabe citar que la superficie total de Suelo Urbanizable Sectorizado y No Sectorizado (Reserva) ascendería a 662 Ha, mientras que en la anterior propuesta de PGOU (2005), que mereció el rechazo general y fue retirada por el Ayuntamiento en 2007, era de 557 Ha.
A juicio de Ecologistas en Acción, deberían clasificarse como Suelo No Urbanizable de Protección, de acuerdo con la legislación vigente y la jurisprudencia, todos aquellos terrenos que el planeamiento vigente clasifica como tales y que son desprotegidos por el Avance, así como todos aquellos suelos que poseen importantes valores o desempeñan funciones ecológicas y que en el Avance se clasifican como Suelo de Reserva o Suelo Urbanizable Sectorizado.
El EInA adolece de otro problema añadido, heredado del Avance: no contiene apenas datos que avalen la necesidad de acometer las actuaciones que en el propio documento se proponen (por ej.: de la dinámica demográfica del municipio que justifiquen la construcción de nuevas viviendas). La legislación comunitaria y la estatal establecen la necesidad de motivar suficientemente las decisiones sobre ordenación urbanística y de justificar las transformaciones del suelo rural.
El Plan General que finalmente se desarrolle sí debería incidir en la resolución de los graves problemas que afectan al municipio, que el propio EInA reconoce, y no incrementarlos Entre ellos, el alto nivel de contaminación electromagnética proveniente de las líneas eléctricas -algunas de muy alta tensión y que en ocasiones atraviesan núcleos urbanos- y de las antenas de telefonía móvil. Sobre estas últimas, el Estudio recomienda el traslado o desmantelamiento de las antenas cuya situación no esté regularizada. Igualmente reseñable es el estado lamentable de conservación de la fauna piscícola debido a la alta contaminación de las aguas originada por los frecuentes vertidos y la escasa capacidad de autodepuración del río Guadarrama.
Además os dejamos el documento realizado por el 15-M de Galapagar, desde nuestro punto de vista, muy acertado y realista: dipticoNoalPGOUBaja